LA JUSTICIA AFIRMA y ORDENA. El MINISTERIO de TRABAJO y SEGURIDAD SOCIAL de la NACIÓN DEBE CONVOCAR a PARITARIA NACIONAL DOCENTE.
Las cinco organizaciones sindicales docentes nacionales (AMET- CEA– CTERA- SADOP-UDA) desde fines del año 2016 hemos peticionado al Ministerio de Educación y Deportes de la Nación que se convocara a PARITARIA NACIONAL DOCENTE a inicios de dar tratamiento al salario 2017.
Hemos señalado que la PARITARIA NACIONAL es un “DERECHO conquistado por LEY”, a pesar de ello el Gobierno Nacional a través de distintos representantes, ministros y del mismo Presidente de la Nación señalaron que no se iba a convocar a la PARITARIA NACIONAL, hasta algunos señalaron que no existe Ley que obligue a ello.
Se ha reclamdo de distintos modos que se nos restituya este ámbito que es de la DOCENCIA ARGENTINA, sin embargo han transcurrido más de tres (3) mese del año 2017 y no se nos ha convocado a la PARITARIA NACIONAL DOCENTE.
Los conflictos continúan en distintas jurisdicicones del país. Todas las organizaciones sindicales en sus jurisdiciones, que pudieron sentarse con las autoridades locales, han manifestado la importancia y la necesidad de que se convoque a la PARITARIA NACIONAL DOCENTE .
Nuestro pueblo, en su conjunto, estaría satisfecho que se pueda resolver esta conflictiva ya de larga data.
El Gobierno y sus Ministerios tiene los instrumentos para resolverlo.
El ámbito decimos una vez más es la PARITARIA NACIONAL DOCENTE y ello está fijado en la Ley 26075 (Ley de Financiamiento Educativo) y la Ley 26206 (Ley Nacional de Educación) que en su artículo 67 establece el derecho de las organizaciones sindicales a la Paritaria nacional y jurisdicional.
Siempre hemos peticionado el cumplimiento de la Ley.
Hoy la Justicia Nacional del Trabajo señala la Jueza del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 58, tomando los argumentos del Fiscal de Trabajo y reproduciéndolos en su totalidad que se debe convocar de modo urgente a la Negociacion Colectiva como se venía realizándo desde el año 2007 – desde el inicio de la Paritaria Nacional – cuyo Decreto 457/2007- reglamentó el art. 10 de la Ley de Financiamiento que estableció que el Ministerio de Educación, el Consejo Federal de Cultura y Educación y las organizaciones sindicales docentes con representación nacional acordarán: UN CONVENIO MARCO QUE INCLUIRÁ PAUTAS GERALES, referido a: Condiciones laborales – Calendario Educativo -Salario Mínimo Docente – Carrera Docente.
Por supuesto que el fallo, que ya hoy es de público conocimiento, es inobjetable y recoge la historia de toda la negociación que hemos tenido los docentes organizados desde el inicio de la PARITARIA NACIONAL DOCENTE resalatando los acuerdos celebrados y las cláusulas incumplidas del año 2016.
Hubiéramos preferido que las autoridades nos convocaran porque han escuchado nuestra petición reiterada de distintos modos; sin la necesidad de intervención de la Justicia .
Hoy además de las organizaciones sindicales docentes nacionales (AMET-CEA- CTERA- SADOP-UDA), lo dice la Justicia.
Por lo tanto el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación debe convocar, en el término de cinco días a la PARITARIA NACIONAL DOCENTE, desde que fuera notificada de la Resolución Judicial.
Las autoridades nacionales, públicamente, han manifestado que apelarán lo resuelto por la Sra. Jueza. Nada obsta a que se realice la CONVOCATORIA a la PARITARIA NACIONAL DOCENTE.
Hoy ya no sólo el MINISTERIO DE TRABAJO debe convocar porque es un derecho de la docencia organizada establecido por LEY sino que la JUSTICIA ordena que se cumpla.
Buenos Aires, 07 de abril de 2017.-
Rodolfo Alvarez Fabián Felman
Secretario de Prensa y Difusión Secretario General